Propuesta de regulación para el esquirolaje tecnológico en el contexto de una hipotética Ley Orgánica de Huelga

[ES] Los avances tecnológicos tan portentosos que están acaeciendo tienen influencia sobre los más diversos aspectos de las relaciones laborales. Entre ellos, dejan sentir sus efectos en el ámbito del conflicto colectivo, donde la aplicación de la robótica y la inteligencia artificial está permitien...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Tascón López, Rodrigo
Formato: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2020
País:España
Recursos:Universidad de León
Repositorio:BULERIA. Repositorio Institucional de la Universidad de León
OAI Identifier:oai:buleria.unileon.es:10612/23624
Acesso em linha:https://www.aedtss.com/wp-content/uploads/dl/N121/06%20Propuesta%20de%20regulaci%C3%B3n%20para%20el%20esquirolaje%20tecnol%C3%B3gico%20en%20el%20contexto%20de%20una%20hipot%C3%A9tica%20ley%20org%C3%A1nica%20de%20huelga%20(Tasc%C3%B3n%20L%C3%B3pez).pdf
https://hdl.handle.net/10612/23624
Access Level:acceso abierto
Palavra-chave:Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Empresas
Trabajo
Derecho de huelga
Esquirolaje tecnológico
Conflicto colectivo
Nuevas tecnologías
Relaciones laborales
Right to strike
Technological scab
Collective conflict
New technologies
Labor relations
5605.08 Derecho Privado
5605 Legislación y Leyes Nacionales
6109.04 Relaciones Trabajadores-Directivos
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description [ES] Los avances tecnológicos tan portentosos que están acaeciendo tienen influencia sobre los más diversos aspectos de las relaciones laborales. Entre ellos, dejan sentir sus efectos en el ámbito del conflicto colectivo, donde la aplicación de la robótica y la inteligencia artificial está permitiendo (y lo hará con mayor virulencia en el futuro) que sea factible sustituir el esfuerzo productivo de los trabajadores huelguistas, a riesgo de convertir en ilusorio el mecanismo tradicional de expresión del conflicto colectivo. El presente trabajo, sin olvidar las aportaciones doctrinales más interesantes, se centra en analizar, a modo de repaso, la doctrina jurisprudencial y constitucional existente en derecho español sobre el esquirolaje tecnológico: desde la permisiva jurisprudencia inicial que lo toleraba de forma generalizada bajo el argumento de que la empresa no estaba obligada a colaborar con los fines de los huelguistas; pasando por la más ponderada que entendía que un abuso de los medios técnicos durante la huelga podía vaciar de contenido el derecho fundamental consagrado en el art. 28.2CE; hasta, en fin, la más reciente e inacabada doctrina del Tribunal Constitucional que, si bien hace suya aquella máxima jurisprudencial primera (la empresa no está obligada a colaborar con los huelguistas), mantiene incólume su doctrina sobre el esquirolaje clásico (conforme a la cual la empresa no puede hacer uso de sus poderes durante la huelga alterando las funciones de los no huelguistas), aportando una resultante en la que restan aún muchos aspectos por concretar. A la vista de este prurito jurídico, el ensayo cierra con un colofón conclusivo que, amén de realista (es difícil que se llegue a producir), trata de ser ambicioso, al efectuar una propuesta de regulación del esquirolaje tecnológico en el contexto de una hipotética Ley Orgánica de Huelga, tratando de cohonestar todos los intereses en presencia.
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