Estudio de derecho comparado de la inspección del trabajo en Latinoamérica

La inspección del trabajo a lo largo de décadas ha fungido como un medio para velar por los derechos de los trabajadores frente al empleador. Es la autoridad encargada de hacer cumplir con la normativa del trabajo y de seguridad social, así como la facultada para emitir las sanciones correspondiente...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Gabriela Mendizabal Bermúdez
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2019
País:México
Institución:Universidad Autónoma del Estado de Morelos
Repositorio:Repositorio Institucional de Acceso Abierto de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos
Idioma:español
OAI Identifier:oai:http://riaa.uaem.mx:20.500.12055/1114
Acceso en línea:http://riaa.uaem.mx/handle/20.500.12055/1114
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:info:eu-repo/classification/cti/5
info:eu-repo/classification/cti/56
externalización, inspección del trabajo, seguridad social, derechos laborales, trabajador
Descripción
Sumario:La inspección del trabajo a lo largo de décadas ha fungido como un medio para velar por los derechos de los trabajadores frente al empleador. Es la autoridad encargada de hacer cumplir con la normativa del trabajo y de seguridad social, así como la facultada para emitir las sanciones correspondientes en caso de violación del marco normativo laboral. Si bien es cierto que la competencia y facultades de la inspección del trabajo varía en cada uno de los países, pese a ello existen múltiples similitudes, como la facultad sancionadora, el control, el asesoramiento, entre otros. En ese contexto, el presente artículo realiza un análisis comparativo de la inspección del trabajo como la autoridad que coadyuva a la ejecución de los derechos de los trabajadores a través del estudio de derecho comparado de cinco países de Latinoamérica, que presentan algunas similitudes sociodemográficas y jurídicas, lo que permite una comparación entre el los para la elaboración del presente trabajo, con lo cual se comprueba la hipótesis de que la inspección del trabajo es un mecanismo de externalización del derecho del trabajo y del derecho de la seguridad social.