Negociación colectiva y trabajadores autónomos: los acuerdos de interés profesional

[ES] En contraste con el amplio y consolidado reconocimiento jurídico de medios colectivos de tutela, acción y representación a los trabajadores subordinados y sus representantes, a los empresarios y sus representantes, y a los ciudadanos en general, el Derecho positivo no ha reconocido expresamente...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Martínez Barroso, María de los Reyes
Tipo de recurso: capítulo de libro
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2020
País:España
Institución:Universidad de León
Repositorio:BULERIA. Repositorio Institucional de la Universidad de León
OAI Identifier:oai:buleria.unileon.es:10612/25443
Acceso en línea:https://expinterweb.mites.gob.es/libreriavirtual/descargaGratuita/WIYE1119
https://hdl.handle.net/10612/25443
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Derecho
Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Negociación colectiva
Trabajadores autónomos
Acuerdos de interés profesional
56 Ciencias Jurídicas y Derecho
5605.08 Derecho Privado
Descripción
Sumario:[ES] En contraste con el amplio y consolidado reconocimiento jurídico de medios colectivos de tutela, acción y representación a los trabajadores subordinados y sus representantes, a los empresarios y sus representantes, y a los ciudadanos en general, el Derecho positivo no ha reconocido expresamente a los trabajadores autónomos, hasta la aprobación de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo (LETA), instrumentos específicos, ni de acción ni de representación, a través de los cuales pudieran defender los intereses relacionados con el desarrollo de su trabajo personal.