Nuevas tendencias del diálogo social en Europa

Ante la ausencia de un concepto jurídico del diálogo social en el ámbito europeo, la Comunicación de la Comisión de 12 de agosto de 2004 , sobre “Colaboración para el cambio en una Europa ampliada: Potenciar la contribución del diálogo social europeo”–calificada por el Tribunal de Primera Instancia...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Ferreiro Regueiro, Consuelo
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2007
País:España
Institución:Universidad de Santiago de Compostela (USC)
Repositorio:Minerva. Repositorio Institucional de la Universidad de Santiago de Compostela
Idioma:español
OAI Identifier:oai:minerva.usc.gal:10347/42996
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10347/42996
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Díalogo social
Acuerdos marco
Acuerdos libres
Acuerdos reforzados
Participación
Tratado de Maastricht
Tratado de Ámsterdam
56 Ciencias jurídicas y derecho
id ES_e0be8670bb00d642452f19f9e4042cbf
oai_identifier_str oai:minerva.usc.gal:10347/42996
network_acronym_str ES
network_name_str España
repository_id_str
spelling Nuevas tendencias del diálogo social en EuropaNew tendences in European social dialogueFerreiro Regueiro, ConsueloDíalogo socialAcuerdos marcoAcuerdos libresAcuerdos reforzadosParticipaciónTratado de MaastrichtTratado de Ámsterdam56 Ciencias jurídicas y derechoAnte la ausencia de un concepto jurídico del diálogo social en el ámbito europeo, la Comunicación de la Comisión de 12 de agosto de 2004 , sobre “Colaboración para el cambio en una Europa ampliada: Potenciar la contribución del diálogo social europeo”–calificada por el Tribunal de Primera Instancia en sentencia de 17 junio 1998, de “acto atípico”- , pretendió arrojar alguna luz. El artículo la desgrana y califica como tal las siguientes manifestaciones: 1ª) Los documentos extraídos del procedimiento de diálogo previo a la adopción de una “decisión” (reglamento o directiva) de acuerdo con el art. 138 del Tratado de la CE, que son utilizados por los interlocutores sociales para invitar a los Estados miembros a homogeneizar su legislación, fijar las reglas del diálogo social interprofesional o sectorial, y para efectuar recomendaciones a los sindicatos u organizaciones sindicales nacionales que son sus afiliados con idéntico contenido. 2ª) Las opiniones conjuntas, las declaraciones y los instrumentos de intercambio de información , cuyos destinatarios son bien las instituciones comunitarias, como respuesta de los interlocutores sociales a una consulta de naturaleza político-social (por ejemplo, en la elaboración de los libros blancos y verdes), o las autoridades públicas de los Estados miembros que se ven obligados o forzados a modificar su legislación en algún aspecto concreto. Y 3ª) la negociación colectiva en sentido estricto, con su acuerdos, si débiles, si reforzados, si autónomos o libres o, incluso, los negociados como libres al margen de la normativa comunitaria.AranzadiUniversidade de Santiago de Compostela. Departamento de Dereito Público Especial e da Empresa20072007-01-0120072007-01-01journal articlehttp://purl.org/coar/resource_type/c_6501VoRhttp://purl.org/coar/version/c_970fb48d4fbd8a85info:eu-repo/semantics/articleapplication/pdfhttps://hdl.handle.net/10347/42996reponame:Minerva. Repositorio Institucional de la Universidad de Santiago de Compostelainstname:Universidad de Santiago de Compostela (USC)Españolspaopen accesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internationalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/info:eu-repo/semantics/openAccessoai:minerva.usc.gal:10347/429962026-06-15T12:47:27Z
dc.title.none.fl_str_mv Nuevas tendencias del diálogo social en Europa
New tendences in European social dialogue
title Nuevas tendencias del diálogo social en Europa
spellingShingle Nuevas tendencias del diálogo social en Europa
Ferreiro Regueiro, Consuelo
Díalogo social
Acuerdos marco
Acuerdos libres
Acuerdos reforzados
Participación
Tratado de Maastricht
Tratado de Ámsterdam
56 Ciencias jurídicas y derecho
title_short Nuevas tendencias del diálogo social en Europa
title_full Nuevas tendencias del diálogo social en Europa
title_fullStr Nuevas tendencias del diálogo social en Europa
title_full_unstemmed Nuevas tendencias del diálogo social en Europa
title_sort Nuevas tendencias del diálogo social en Europa
dc.creator.none.fl_str_mv Ferreiro Regueiro, Consuelo
author Ferreiro Regueiro, Consuelo
author_facet Ferreiro Regueiro, Consuelo
author_role author
dc.contributor.none.fl_str_mv Universidade de Santiago de Compostela. Departamento de Dereito Público Especial e da Empresa

dc.subject.none.fl_str_mv Díalogo social
Acuerdos marco
Acuerdos libres
Acuerdos reforzados
Participación
Tratado de Maastricht
Tratado de Ámsterdam
56 Ciencias jurídicas y derecho
topic Díalogo social
Acuerdos marco
Acuerdos libres
Acuerdos reforzados
Participación
Tratado de Maastricht
Tratado de Ámsterdam
56 Ciencias jurídicas y derecho
description Ante la ausencia de un concepto jurídico del diálogo social en el ámbito europeo, la Comunicación de la Comisión de 12 de agosto de 2004 , sobre “Colaboración para el cambio en una Europa ampliada: Potenciar la contribución del diálogo social europeo”–calificada por el Tribunal de Primera Instancia en sentencia de 17 junio 1998, de “acto atípico”- , pretendió arrojar alguna luz. El artículo la desgrana y califica como tal las siguientes manifestaciones: 1ª) Los documentos extraídos del procedimiento de diálogo previo a la adopción de una “decisión” (reglamento o directiva) de acuerdo con el art. 138 del Tratado de la CE, que son utilizados por los interlocutores sociales para invitar a los Estados miembros a homogeneizar su legislación, fijar las reglas del diálogo social interprofesional o sectorial, y para efectuar recomendaciones a los sindicatos u organizaciones sindicales nacionales que son sus afiliados con idéntico contenido. 2ª) Las opiniones conjuntas, las declaraciones y los instrumentos de intercambio de información , cuyos destinatarios son bien las instituciones comunitarias, como respuesta de los interlocutores sociales a una consulta de naturaleza político-social (por ejemplo, en la elaboración de los libros blancos y verdes), o las autoridades públicas de los Estados miembros que se ven obligados o forzados a modificar su legislación en algún aspecto concreto. Y 3ª) la negociación colectiva en sentido estricto, con su acuerdos, si débiles, si reforzados, si autónomos o libres o, incluso, los negociados como libres al margen de la normativa comunitaria.
publishDate 2007
dc.date.none.fl_str_mv 2007
2007-01-01
2007
2007-01-01
dc.type.none.fl_str_mv journal article
http://purl.org/coar/resource_type/c_6501
VoR
http://purl.org/coar/version/c_970fb48d4fbd8a85
dc.type.openaire.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/article
format article
dc.identifier.none.fl_str_mv https://hdl.handle.net/10347/42996
url https://hdl.handle.net/10347/42996
dc.language.none.fl_str_mv Español
spa
language_invalid_str_mv Español
language spa
dc.rights.none.fl_str_mv open access
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 International
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.rights.openaire.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/openAccess
rights_invalid_str_mv open access
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 International
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
eu_rights_str_mv openAccess
dc.format.none.fl_str_mv application/pdf
dc.publisher.none.fl_str_mv Aranzadi
publisher.none.fl_str_mv Aranzadi
dc.source.none.fl_str_mv reponame:Minerva. Repositorio Institucional de la Universidad de Santiago de Compostela
instname:Universidad de Santiago de Compostela (USC)
instname_str Universidad de Santiago de Compostela (USC)
reponame_str Minerva. Repositorio Institucional de la Universidad de Santiago de Compostela
collection Minerva. Repositorio Institucional de la Universidad de Santiago de Compostela
repository.name.fl_str_mv
repository.mail.fl_str_mv
_version_ 1869422230022127616
score 15,811543