Los sujetos de la negociación colectiva europea

El artículo 139.2 del Tratado de la CE (vigente artículo 155 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) regulaba los acuerdos colectivos reforzados cuyo contenido se plasmaba en una directiva para forzar su aplicación en todos los Estados miembros; mientras que el apartado primero del mismo...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Ferreiro Regueiro, Consuelo
Tipo de recurso: capítulo de libro
Fecha de publicación:2006
País:España
Institución:Universidad de Santiago de Compostela (USC)
Repositorio:Minerva. Repositorio Institucional de la Universidad de Santiago de Compostela
Idioma:español
OAI Identifier:oai:minerva.usc.gal:10347/42998
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10347/42998
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Negociación colectiva europea
Sujetos negociadores
Acuerdos colectivos reforzados
Acuerdos colectivos libres
56 Ciencias jurídicas y derecho
Descripción
Sumario:El artículo 139.2 del Tratado de la CE (vigente artículo 155 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) regulaba los acuerdos colectivos reforzados cuyo contenido se plasmaba en una directiva para forzar su aplicación en todos los Estados miembros; mientras que el apartado primero del mismo artículo se refería a los acuerdos colectivos libres que, carentes de eficacia normativa, se asegura su aplicación a través de las obligaciones contractuales contraídas por los sujetos negociadores. Justamente, la idea de aparente debilidad en la celebración y aplicación de acuerdos colectivos en el ámbito europeo hace depender su eficacia real de la audiencia, de la representatividad de los interlocutores sociales en ese ámbito europeo, de dónde proceden y de cuáles son sus miembros.