Acoso y Derecho penal
A pesar de las recientes reformas, la falta de una tipificación propia del acoso en general continúa siendo una insuficiencia del Derecho español, a la que convendría poner remedio siguiendo los mejores ejemplos del Derecho comparado. En este sentido, se propone la introducción de un nuevo tipo deli...
| Autores: | , |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2014 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de Huelva (UHU) |
| Repositorio: | Arias Montano. Repositorio Institucional de la Universidad de Huelva |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:ariasmontano.uhu.es:10272/14350 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/10272/14350 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Criminología Derecho penal Acoso Víctimas de acoso Acoso laboral Acoso inmobiliario Ciberacoso sexual Criminology Criminal law Harassment Harassment victims Workplace harassment Estate mobbing Sexual cyber bullying |
| Sumario: | A pesar de las recientes reformas, la falta de una tipificación propia del acoso en general continúa siendo una insuficiencia del Derecho español, a la que convendría poner remedio siguiendo los mejores ejemplos del Derecho comparado. En este sentido, se propone la introducción de un nuevo tipo delictivo en el que la conducta acosadora resulte punible cuando afecte de manera directa y grave la tranquilidad de la víctima o genere un grave perjuicio de su desarrollo vital. Todo ello en el marco de una política penal de ultima ratio y sin olvidar los instrumentos adecuados de carácter civil. |
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