Las necesarias transformaciones de la negociación colectiva en la estiba y desestiba
La reforma legal efectuada en 2017 del modelo de contratación laboral en la estiba y desestiba en los puertos de interés general, obliga a una renegociación del conjunto de los convenios colectivos en dicho ámbito. Se trata de una modificación de los textos convencionales de notable trascen-dencia,...
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| Formato: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2018 |
| País: | España |
| Recursos: | Universidad de Sevilla (US) |
| Repositorio: | idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla |
| OAI Identifier: | oai:idus.us.es:11441/96018 |
| Acesso em linha: | https://hdl.handle.net/11441/96018 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palavra-chave: | Trabajo estiba puertos Libertad de contratación Negociación colectiva Work stowage ports Freedom of contracting Collective bargaining |
| Resumo: | La reforma legal efectuada en 2017 del modelo de contratación laboral en la estiba y desestiba en los puertos de interés general, obliga a una renegociación del conjunto de los convenios colectivos en dicho ámbito. Se trata de una modificación de los textos convencionales de notable trascen-dencia, por lo que en este estudio se procede a analizar el alcance de esos necesarios cambios, derivados no sólo de manera directa por el cambio legislativo, sino por el obligado respeto por parte de los convenios a los imperativos de Derecho de la Unión Europea en materia de libertades económicas, en los términos precisados por el Tribunal de Luxemburgo; sin dejar de olvidar que ello también puede afectar a imperativos constitucionales como son los relativos a prohibición de discriminación, libertad de elección de profesión, así como al derecho a la negociación colectiva. La plena implantación del nuevo modelo laboral en la actividad de estiba sólo puede materializarse en la práctica a partir de la implementación de la reforma a través de los convenios colectivos. Dichos cambios afectan tanto a los contenidos de los convenios, que deben partir de la libertad de contratación laboral por parte de las empresas estibadoras a partir de ahora, como también inciden sobre el marco de desarrollo de la negociación colectiva, especialmente por lo que se refiere a las reglas de legitimación y de concurrencia entre convenios colectivos. En los mismos términos, las especialidades tradicionales de irregularidad de las cargas de trabajo requieren medidas específicas de mantenimiento y continuidad del empleo que, si no son establecidas por la normativa estatal, podrían ser pactadas por los convenios. |
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