Las necesarias transformaciones de la negociación colectiva en la estiba y desestiba

La reforma legal efectuada en 2017 del modelo de contratación laboral en la estiba y desestiba en los puertos de interés general, obliga a una renegociación del conjunto de los convenios colectivos en dicho ámbito. Se trata de una modificación de los textos convencionales de notable trascen-dencia,...

ver descrição completa

Detalhes bibliográficos
Autor: Cruz Villalón, Jesús
Formato: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2018
País:España
Recursos:Universidad de Sevilla (US)
Repositorio:idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla
OAI Identifier:oai:idus.us.es:11441/96018
Acesso em linha:https://hdl.handle.net/11441/96018
Access Level:acceso abierto
Palavra-chave:Trabajo estiba puertos
Libertad de contratación
Negociación colectiva
Work stowage ports
Freedom of contracting
Collective bargaining
Descrição
Resumo:La reforma legal efectuada en 2017 del modelo de contratación laboral en la estiba y desestiba en los puertos de interés general, obliga a una renegociación del conjunto de los convenios colectivos en dicho ámbito. Se trata de una modificación de los textos convencionales de notable trascen-dencia, por lo que en este estudio se procede a analizar el alcance de esos necesarios cambios, derivados no sólo de manera directa por el cambio legislativo, sino por el obligado respeto por parte de los convenios a los imperativos de Derecho de la Unión Europea en materia de libertades económicas, en los términos precisados por el Tribunal de Luxemburgo; sin dejar de olvidar que ello también puede afectar a imperativos constitucionales como son los relativos a prohibición de discriminación, libertad de elección de profesión, así como al derecho a la negociación colectiva. La plena implantación del nuevo modelo laboral en la actividad de estiba sólo puede materializarse en la práctica a partir de la implementación de la reforma a través de los convenios colectivos. Dichos cambios afectan tanto a los contenidos de los convenios, que deben partir de la libertad de contratación laboral por parte de las empresas estibadoras a partir de ahora, como también inciden sobre el marco de desarrollo de la negociación colectiva, especialmente por lo que se refiere a las reglas de legitimación y de concurrencia entre convenios colectivos. En los mismos términos, las especialidades tradicionales de irregularidad de las cargas de trabajo requieren medidas específicas de mantenimiento y continuidad del empleo que, si no son establecidas por la normativa estatal, podrían ser pactadas por los convenios.