El convenio especial con la seguridad social en los despidos colectivos que afecten a trabajadores/as con 55 o más años de edad: luces y sombras
[ES] En la institución del despido colectivo presentan notable incidencia dos factores intrínsecamente relacionados como son la edad y el trabajo. El primer elemento tiene una repercusión directa en la permanencia de la persona trabajadora en la empresa o grupo de empresas afectada por el despido co...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2023 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de León |
| Repositorio: | BULERIA. Repositorio Institucional de la Universidad de León |
| OAI Identifier: | oai:buleria.unileon.es:10612/20683 |
| Acceso en línea: | https://ojs.ehu.eus/index.php/Lan_Harremanak/article/view/24022 https://hdl.handle.net/10612/20683 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Trabajo Despido colectivo Seguridad Social Convenio especial Personas maduras Collective redundancy Social Security Special agreement Mature people. 5605.08 Derecho Privado |
| Sumario: | [ES] En la institución del despido colectivo presentan notable incidencia dos factores intrínsecamente relacionados como son la edad y el trabajo. El primer elemento tiene una repercusión directa en la permanencia de la persona trabajadora en la empresa o grupo de empresas afectada por el despido colectivo y en la problemática de la discriminación por razón de la edad, debiendo mostrar una especial atención a los criterios del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El convenio especial de Seguridad Social constituye un medio de aseguramiento del respeto de la prioridad de permanencia a favor de las personas maduras. Esta figura requiere de determinados cambios en su regulación actual, a efectos de ofrecer un tratamiento mucho más coordinado, eficiente y sistematizado. |
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