La incapacidad permanente y la extinción de la relación laboral
[ES] La reciente resolución del TJUE en el caso Ca Na Negreta ha cambiado la forma en que las empresas determinan la continuación de la relación laboral con las personas trabajadoras a las que se les ha reconocido una IP. A partir de ahora no se podrá extinguir el contrato de trabajo de manera autom...
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| Tipo de recurso: | tesis de maestría |
| Fecha de publicación: | 2024 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de León |
| Repositorio: | BULERIA. Repositorio Institucional de la Universidad de León |
| OAI Identifier: | oai:buleria.unileon.es:10612/22778 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/10612/22778 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Derecho Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Incapacidad permanente Incapacidad permanente total Incapacidad permanente absoluta Gran invalidez Despido Discapacidad Ajustes razonables Puesto de trabajo Normativa europea Permanent disability Total permanent disability Absolute permanent disability Severe Disability Dismissal Disability Reasonable adjustments Job positios European regulations 56 Ciencias Jurídicas y Derecho 5605.08 Derecho Privado |
| Sumario: | [ES] La reciente resolución del TJUE en el caso Ca Na Negreta ha cambiado la forma en que las empresas determinan la continuación de la relación laboral con las personas trabajadoras a las que se les ha reconocido una IP. A partir de ahora no se podrá extinguir el contrato de trabajo de manera automática tras la declaración de la IP de la persona trabajadora en virtud del artículo 49.1 del ET. Esta opción unilateral de terminación de la relación laboral por la sola declaración de IP va en contra de diversas normativas, por lo que ahora las empresas deben hacer cumplir unos requisitos previos antes de ponerle fin. La resolución administrativa del INSS ya no es suficiente para dar por finalizada la relación laboral, y las empresas tendrán que llevar a cabo los ajustes razonables adecuados en el puesto de trabajo, siempre que ello sea posible. |
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