Reflexiones sobre la legitimación pasiva de la sociedad beneficiaria en una escisión parcial para ser demandada a raíz de la sentencia del TS de septiembre de 2022

Las escisiones constituyen una modalidad de las operaciones denominadas “modificaciones estructu-rales” recogidas en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante “LME”). A pesar de su concreta regulación, siguen apareciendo ciertas dudas...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: SOLER SAMPER, CARLOS
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2023
País:España
Institución:Universidad Miguel Hernández de Elche
Repositorio:REDIUMH. Depósito Digital de la UMH
OAI Identifier:oai:dspace.umh.es:11000/29798
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/11000/29798
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Escisión parcial
legitimación pasiva
modificaciones estructurales
unidad económica
Partial excision
passive legitimation
structural modifications
economic unit
CDU::3 - Ciencias sociales::34 - Derecho
Descripción
Sumario:Las escisiones constituyen una modalidad de las operaciones denominadas “modificaciones estructu-rales” recogidas en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante “LME”). A pesar de su concreta regulación, siguen apareciendo ciertas dudas prácticas. En el presente artículos analizaremos un pronunciamiento del Tribunal Supremo donde la problemática radicaba en la legitimación pasiva de una sociedad beneficiaria de una escisión parcial para ser demandada en un proceso sobre nulidad de un contrato incluido en la unidad económica traspasada