Reflexiones sobre la legitimación pasiva de la sociedad beneficiaria en una escisión parcial para ser demandada a raíz de la sentencia del TS de septiembre de 2022
Las escisiones constituyen una modalidad de las operaciones denominadas “modificaciones estructu-rales” recogidas en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante “LME”). A pesar de su concreta regulación, siguen apareciendo ciertas dudas...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2023 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad Miguel Hernández de Elche |
| Repositorio: | REDIUMH. Depósito Digital de la UMH |
| OAI Identifier: | oai:dspace.umh.es:11000/29798 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/11000/29798 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Escisión parcial legitimación pasiva modificaciones estructurales unidad económica Partial excision passive legitimation structural modifications economic unit CDU::3 - Ciencias sociales::34 - Derecho |
| Sumario: | Las escisiones constituyen una modalidad de las operaciones denominadas “modificaciones estructu-rales” recogidas en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante “LME”). A pesar de su concreta regulación, siguen apareciendo ciertas dudas prácticas. En el presente artículos analizaremos un pronunciamiento del Tribunal Supremo donde la problemática radicaba en la legitimación pasiva de una sociedad beneficiaria de una escisión parcial para ser demandada en un proceso sobre nulidad de un contrato incluido en la unidad económica traspasada |
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