Las Nuevas vías compensatorias en el despido disciplinario improcedente : el c. 158 OIT y el artículo 24 de la CSER.
El sistema disciplinario para sancionar conductas infractoras de los trabajadores en nuestro país brinda múltiples opciones al empresariado, con el objetivo principal de reeducar a los trabajadores, en línea con los principios constitucionales. Sin embargo, el uso indebido del despido disciplinario...
| Autor: | |
|---|---|
| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2024 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de Murcia |
| Repositorio: | DIGITUM. Depósito Digital Institucional de la Universidad de Murcia |
| OAI Identifier: | oai:digitum.um.es:10201/145264 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/10201/145264 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Despido disciplinario Convenio 158 OIT Indemnización adicional Indemnización tasada Disciplinary dismissal ILO Convention 158 Additional compensation Statutory compensation CDU::3 - Ciencias sociales::Derecho: 34 |
| Sumario: | El sistema disciplinario para sancionar conductas infractoras de los trabajadores en nuestro país brinda múltiples opciones al empresariado, con el objetivo principal de reeducar a los trabajadores, en línea con los principios constitucionales. Sin embargo, el uso indebido del despido disciplinario ha sido una constante desde la promulgación del Estatuto de los Trabajadores. El Real Decreto-Ley 3/12 de 10 de febrero respondió a esta demanda empresarial al reducir significativamente las consecuencias del despido disciplinario improcedente. Existe una corriente europea, basada en recientes decisiones del Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa, que sostiene que la limitación de las indemnizaciones otorgadas a los trabajadores en casos de despido injustificado infringe el Artículo 24 b) de la Carta Social Europea. |
|---|