Trabajo y suicidio: una historia inacabada en el modelo de protección social

[ES] De rememorar el pasado para aquilatar la protección dispensada en España frente al suicidio del trabajador, cabrá observar una trabada evolución jurisprudencial (sin lugar para un eco legal), casi siempre signada de una perspectiva “paliativa” y donde, además, fue necesario bastante tiempo para...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores: Fernández Domínguez, Juan José, Prieto Padín, Patricia
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2022
País:España
Institución:Universidad de León
Repositorio:BULERIA. Repositorio Institucional de la Universidad de León
OAI Identifier:oai:buleria.unileon.es:10612/27962
Acceso en línea:https://ejcls.adapt.it/index.php/rlde_adapt/article/view/1118
https://hdl.handle.net/10612/27962
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Trabajo
Suicidio
Prevención de riesgos laborales
Enfermedad común
Accidente de trabajo
Suicide
Labour risk prevention
Common illness
Work-related accident
5605.08 Derecho Privado
5605 Legislación y Leyes Nacionales
6109.01 Prevención de Accidentes
Descripción
Sumario:[ES] De rememorar el pasado para aquilatar la protección dispensada en España frente al suicidio del trabajador, cabrá observar una trabada evolución jurisprudencial (sin lugar para un eco legal), casi siempre signada de una perspectiva “paliativa” y donde, además, fue necesario bastante tiempo para dejar atrás el criterio de conformidad con el cual la voluntad del fallecido convertía la muerte autoinfligida en la culminación de una enfermedad común. Superada tal idea, y vinculado el suicidio al concepto de accidente, el debate se trasladó desde su origen común a un posible vínculo profesional, en particular si acaecido en el lugar y tiempo de trabajo, aun cuando para ello hubiera de vencerse la férrea resistencia a aplicar la presunción. De seguro la cultura que impulsa la renovación de la norma de seguridad y salud laborales a fin de siglo abre una nueva perspectiva “preventiva”, donde el carácter profesional de la contingencia se vincula al dato de si el empleador debió contemplar la posibilidad de un riesgo y planear la imprescindible intervención para evitar el trágico desenlace.