El contrato fijo-discontinuo nuevo pilar de la contratación laboral estable

El RDL 32/2021, de 28 de diciembre pasará a la historia como una reforma fruto de la concertación social que recupera los equilibrios negociadores, que se rompieron en al año 2012, y, sobre todo, como una norma contra el abuso de la contratación temporal. Para ello, se potencia de forma decidida el...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Gordo González, Luis
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2022
País:España
Institución:Universidad Autónoma de Madrid
Repositorio:Biblos-e Archivo. Repositorio Institucional de la UAM
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uam.es:10486/720472
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10486/720472
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:fijo-discontinuo
temporalidad
RDL 32/2021
negociación colectiva sectorial
Derecho
Descripción
Sumario:El RDL 32/2021, de 28 de diciembre pasará a la historia como una reforma fruto de la concertación social que recupera los equilibrios negociadores, que se rompieron en al año 2012, y, sobre todo, como una norma contra el abuso de la contratación temporal. Para ello, se potencia de forma decidida el uso del contrato fijo-discontinuo. El nuevo régimen jurídico de esta modalidad de contrato indefinido unifica los anteriores fijos-discontinuos y fijos-periódicos y deja un notorio espacio de desarrollo a la negociación colectiva sectorial