Artículos 23 y 24. Comité Técnico Administrativo
Con el objetivo primordial de coordinar los sistemas nacionales de Seguridad Social en el ámbito iberoamericano se ha aprobado el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS), con la finalidad de facilitar la libre circulación de personas en ese ámbito y, al mismo tiempo, salvagu...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2017 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de Sevilla (US) |
| Repositorio: | idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla |
| OAI Identifier: | oai:idus.us.es:11441/62605 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/11441/62605 https://doi.org/10.12795/e-RIPS |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Acuerdo Comité Convenio multilateral Coordinación de legislaciones Seguridad Social Agreement Committee Multilateral Agreement Coordination of laws Social Security |
| Sumario: | Con el objetivo primordial de coordinar los sistemas nacionales de Seguridad Social en el ámbito iberoamericano se ha aprobado el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS), con la finalidad de facilitar la libre circulación de personas en ese ámbito y, al mismo tiempo, salvaguardar los derechos de Seguridad Social, de manera que los mismos no sean perjudicados por el hecho de acreditar períodos de cotización, seguro o empleo en dos o más sistemas de Seguridad Social. Pero la coordinación de legislaciones diferentes suele precisar de órganos especializados que permitan resolver las cuestiones administrativas que se planteen en la aplicación del Convenio. Por ello, el CMISS (artículos 23 y 24) contempla la creación de un “Comité Técnico-Administrativo” al que se le encomiendan una serie de funciones esenciales para que los objetivos perseguidos puedan desarrollarse en la práctica diaria, sin que se vean obstaculizados por las diferencias existentes en las Administraciones nacionales |
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