La actividad del personal que presta servicios a bordo de buques y sus problemas frente al encuadramiento en un régimen de Seguridad Social

La aplicación del Reglamento de coordinación de sistemas de Seguridad Social 883/2004 presenta reglas especiales para el personal a bordo de buques. Esta misma circunstancia se manifiesta en el Convenio multilateral iberoamericano de Seguridad Social. Los criterios previstos para establecer la ley a...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Ribes Moreno, María Isabel
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2016
País:España
Institución:Universidad de Sevilla (US)
Repositorio:idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla
OAI Identifier:oai:idus.us.es:11441/61987
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/11441/61987
https://doi.org/10.12795/e-RIPS
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Libre circulación
Coordinación de Seguridad Social
Buques
Reglamento 883/2004
Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social
Free movement
Coordination of Social Security
Vessels
Regulation 883/2004
Ibero-American Multilateral Agreement on Social Security
Descripción
Sumario:La aplicación del Reglamento de coordinación de sistemas de Seguridad Social 883/2004 presenta reglas especiales para el personal a bordo de buques. Esta misma circunstancia se manifiesta en el Convenio multilateral iberoamericano de Seguridad Social. Los criterios previstos para establecer la ley aplicable a los trabajadores del mar, son distintos de los que se establecen para otros trabajadores. Se trata de un sistema basado (con ciertas excepciones) con la aplicación de la norma correspondiente al Estado de pabellón. El presente trabajo pretende poner de manifiesto las posibles disfunciones que se pueden ocasionar con la utilización de dicho criterio, basado en una ficción jurídica que, en la actualidad, con el recurso cada vez más frecuente de la utilización de pabellones de conveniencia, requiere de una revisión en profundidad