El nuevo régimen de retribución de los consejeros ejecutivos tras la reforma operada por la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del Gobierno Corporativo
En el presente trabajo abordamos un tema de especial interés y relevancia, no sólo por su actualidad sino también por la dificultad que entraña: el relativo a la autonomía o no del contrato remuneratorio de los consejeros ejecutivos en relación con los estatutos y con el acuerdo de junta del artícul...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2015 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de Sevilla (US) |
| Repositorio: | idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla |
| OAI Identifier: | oai:idus.us.es:11441/164181 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/11441/164181 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Sociedades de capital Remuneración de consejeros ejecutivos Estatutos Capital societies Remuneration of executive directors By-laws |
| Sumario: | En el presente trabajo abordamos un tema de especial interés y relevancia, no sólo por su actualidad sino también por la dificultad que entraña: el relativo a la autonomía o no del contrato remuneratorio de los consejeros ejecutivos en relación con los estatutos y con el acuerdo de junta del artículo 217 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital tras la modificación operada en el régimen jurídico aplicable a la retribución de los administradores por la Ley 31/2014, de 3 de diciembre por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la reforma del Gobierno Corporativo |
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