Problemas que afectan el ejercicio de la institución de la Silla Vacía.
El artículo 101 de la Constitución de la República del Ecuador (2008), en su texto, ordena a los Gobiernos Autónomos descentralizados (GAD's) que sus sesiones sean públicas y en ellas se incluye una "silla vacía" que deberá ser ocupada por una o un representante de la ciudadanía, cuya...
| Autor: | |
|---|---|
| Tipo de recurso: | tesis de maestría |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2015 |
| País: | Ecuador |
| Institución: | Universidad Católica de Santiago de Guayaquil |
| Repositorio: | Repositorio Universidad Católica de Santiago de Guayaquil |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.ucsg.edu.ec:3317/3791 |
| Acceso en línea: | http://repositorio.ucsg.edu.ec/handle/3317/3791 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | DERECHO CONSTITUCIONAL GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS PARTICIPACIÓN CIUDADANA SESIONES PÚBLICAS ECUADOR |
| Sumario: | El artículo 101 de la Constitución de la República del Ecuador (2008), en su texto, ordena a los Gobiernos Autónomos descentralizados (GAD's) que sus sesiones sean públicas y en ellas se incluye una "silla vacía" que deberá ser ocupada por una o un representante de la ciudadanía, cuya participación será con respecto de los temas a tratarse, esto es, en función a cada uno de los temas que se conocen y resuelven; con la intención que, este representante, participe en los debates y deliberaciones para tomar las decisiones sobre los referidos temas. Esta institución es completamente nueva en nuestro ordenamiento jurídico, su origen es constitucional y su intención es promover una mayor participación de la ciudadanía dentro de los distintos niveles de gobierno, esto es, los gobiernos autónomos descentralizados. A partir de la lectura del artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador, en su segundo inciso, podemos encontrar que los GAD's incluyen a las Juntas Parroquiales, Rurales, los Consejos Municipales, los Consejos Metropolitanos, Los Consejos Provinciales y los Consejos Regionales, que constituyen la forma de organización territorial administrativa y política de la República del Ecuador. |
|---|