Juventud y resistencia, abriendo caminos en Ecuador: Experiencias octubre 2019
La Constitución de la República del Ecuador en sus artículos 35 y 39 ubican a la juventud como grupo de atención prioritaria. Es decir, el Estado debe garantizar el efectivo ejercicio de sus derechos enfatizando la necesidad de reconocer a los jóvenes como actores estratégicos del desarrollo del paí...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2021 |
| País: | Ecuador |
| Institución: | Universidad Central del Ecuador |
| Repositorio: | Revista Palabra |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:revistadigital.uce.edu.ec:article/2890 |
| Acceso en línea: | https://revistadigital.uce.edu.ec/index.php/palabra/article/view/2890 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | juventud Ecuador Protestas octubre 2019 Derecho a la resistencia derechos humanos Constitución |
| Sumario: | La Constitución de la República del Ecuador en sus artículos 35 y 39 ubican a la juventud como grupo de atención prioritaria. Es decir, el Estado debe garantizar el efectivo ejercicio de sus derechos enfatizando la necesidad de reconocer a los jóvenes como actores estratégicos del desarrollo del país, garantizando su derecho a la resistencia, libertad de expresión y asociación. Observando la normativa aplicable para la juventud en Ecuador, este trabajo investigativo busca determinar en qué medida el Estado precauteló los derechos de la juventud como grupo de atención prioritaria en el contexto de las protestas suscitadas en octubre de 2019. |
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