Juventud y resistencia, abriendo caminos en Ecuador: Experiencias octubre 2019

La Constitución de la República del Ecuador en sus artículos 35 y 39 ubican a la juventud como grupo de atención prioritaria. Es decir, el Estado debe garantizar el efectivo ejercicio de sus derechos enfatizando la necesidad de reconocer a los jóvenes como actores estratégicos del desarrollo del paí...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Novoa, Eugenia
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2021
País:Ecuador
Institución:Universidad Central del Ecuador
Repositorio:Revista Palabra
Idioma:español
OAI Identifier:oai:revistadigital.uce.edu.ec:article/2890
Acceso en línea:https://revistadigital.uce.edu.ec/index.php/palabra/article/view/2890
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:juventud
Ecuador
Protestas octubre 2019
Derecho a la resistencia
derechos humanos
Constitución
Descripción
Sumario:La Constitución de la República del Ecuador en sus artículos 35 y 39 ubican a la juventud como grupo de atención prioritaria. Es decir, el Estado debe garantizar el efectivo ejercicio de sus derechos enfatizando la necesidad de reconocer a los jóvenes como actores estratégicos del desarrollo del país, garantizando su derecho a la resistencia, libertad de expresión y asociación. Observando la normativa aplicable para la juventud en Ecuador, este trabajo investigativo busca determinar en qué medida el Estado precauteló los derechos de la juventud como grupo de atención prioritaria en el contexto de las protestas suscitadas en octubre de 2019.