El juzgamiento en ausencia del procesado en los delitos de acción penal privada vulnera el debido proceso

El Estado Ecuatoriano como un Estado de derechos y justicia exige la configuración de diversos mecanismos de garantías de los derechos consagrados en su texto, en tal virtud, la Constitución de la República del Ecuador, ha introducido cambios sustanciales en el reconocimiento de los derechos y su si...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Camino Mayorga, Hugo Daniel
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2016
País:Ecuador
Institución:Universidad Regional Autónoma de los Andes
Repositorio:Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes
Idioma:español
OAI Identifier:oai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/5340
Acceso en línea:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/5340
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Delitos de Acción Penal
Descripción
Sumario:El Estado Ecuatoriano como un Estado de derechos y justicia exige la configuración de diversos mecanismos de garantías de los derechos consagrados en su texto, en tal virtud, la Constitución de la República del Ecuador, ha introducido cambios sustanciales en el reconocimiento de los derechos y su sistema de protección lo cual exige una estructura normativa diferenciada, que, rompiendo los principios clásicos del proceso, introduzca parámetros procesales que permitan una efectiva protección de los derechos constitucionales, por ende, la ausencia del procesado dentro del juzgamiento en los delitos de Acción Penal Privada ha tenido repercusiones distintas, ya que su ausencia por razones constitucionales violenta el debido proceso, privando al acusado de enterarse, personal y directamente, de la acusación que le hacen y de los fundamentos de la misma. No puede hacerse escuchar ni argumentar ni rebatir la acusación. “La presencia del procesado no sólo es una obligación impuesta por la Ley, sino que constituye, además, un derecho del mismo”1. Traducido en un derecho a la defensa, para que pueda dar a conocer al Tribunal Penal su verdad, dar la versión de los hechos tal como acontecieron, contra interrogar a los testigos y peritos y presentar documentos, en general, pruebas que le sirvan para demostrar la inocencia o la forma menos comprometedora en que participó en el delito de que trata el proceso penal. El nuevo régimen constitucional supone sin lugar a dudas que todo proceso debe estar condicionado a la aplicación de los principios constitucionales, al debido proceso, de tal modo que todas las personas pueden ser juzgadas o procesadas legalmente sin que deban ser violentadas sus garantías constitucionales.