El delito de pandilla en el ordenamiento jurídico penal Ecuatoriano

La “pandilla” como problema social en el cometimiento de delitos en el Ecuador, problema a que se ha hecho presente en numerosos informes nacionales e internacionales, como ocurrió, por ejemplo con el efectuado por el Departamento de Seguridad Pública, dependiente de la Secretaria General de la Orga...

Full description

Bibliographic Details
Author: Pachay Ortiz, Roger Antonio
Format: master thesis
Status:Published version
Publication Date:2018
Country:Ecuador
Institution:Universidad Regional Autónoma de los Andes
Repository:Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes
Language:Spanish
OAI Identifier:oai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/8094
Online Access:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/8094
Access Level:Open access
Keyword:DELITO DE PANDILLA
ORDENAMIENTO JURÍDICO
Description
Summary:La “pandilla” como problema social en el cometimiento de delitos en el Ecuador, problema a que se ha hecho presente en numerosos informes nacionales e internacionales, como ocurrió, por ejemplo con el efectuado por el Departamento de Seguridad Pública, dependiente de la Secretaria General de la Organización de los Estados Americanos del año 2007. De acuerdo a la Dirección Nacional de Policía Especializada en Niños y Adolescentes (DINAPEN) para mayo de 2007, existirían 692 pandillas en Ecuador, de ellas el 58,38% se encontrarían en la ciudad de Guayaquil; y el 65,03% estarían en la Costa. Recientemente se han identificado pandillas integradas exclusivamente por indígenas, lo que les daría un componente étnico a su estructura organizacional y mayor complejidad al fenómeno […] En cuanto al número de pandilleros, la DINAPEN tiene un registro aproximado de 25.212 integrantes, encontrándose el 50,96% ubicado en la ciudad de Guayaquil y regionalmente el 57,66% de los pandilleros se encontraría en la Costa (Soria, 2007, pp. 3 - 4) El Código Orgánico Integral Penal solamente tipifica, en los Arts. 369 y 370 a la delin- cuencia organizada y a la asociación ilícita, que presuponen como elemento esencial del delito la organización o acuerdo previo para delinquir, en circunstancias que la pandilla, como se tipifica en el derecho comparado, específicamente en el Perú que tipifica este ilícito en el Art. 2 del Decreto Legislativo Nº 899 Ley contra el pandillaje pernicioso que dispone: Se considera pandilla perniciosa al grupo de adolescentes mayores de doce (12) y menores de dieciocho (18) años de edad, que se reúnen y actúan para agredir a terceras personas, lesionar la integridad física o atentar contra la vida de las personas, dañar los bienes públicos o privados u ocasionar desmanes que alteran el orden interno”. (Decreto Legislativo Nº 899 de 26/05/1998, Ley contra el Pandillaje Pernicioso del Perú, 1998, Art. 2)