Cuestiones elementales sobre los tributos ambientales

En la actualidad no resulta nada extraño que los Estados hagan uso del sistema fiscal para llevar adelante políticas de carácter intervencionista. De hecho, es cada vez más asiduo encontrar gravámenes cuya finalidad principal va más allá de la mera obtención de recursos, configurándose como verdader...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Salassa Boix, Rodolfo Rubén
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2013
País:Argentina
Institución:Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas
Repositorio:CONICET Digital (CONICET)
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ri.conicet.gov.ar:11336/23470
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/11336/23470
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:EXTRAFISCALIDAD
TRIBUTOS AMBIENTALES
PRINCIPIO DE CAPACIDAD CONTRIBUTIVA
INTERVENCIONISMO
Descripción
Sumario:En la actualidad no resulta nada extraño que los Estados hagan uso del sistema fiscal para llevar adelante políticas de carácter intervencionista. De hecho, es cada vez más asiduo encontrar gravámenes cuya finalidad principal va más allá de la mera obtención de recursos, configurándose como verdaderos mecanismos reguladores de conducta. Así las cosas, estos tributos conviven armónicamente con aquéllos que tienen una finalidad orientada eminentemente a la obtención de recursos. Los tributos reguladores o extrafiscales presentan un abanico de posibilidades muy variado, con lo cual, sería prácticamente imposible enumerarlos sin dejar algún caso fuera de la lista. Entre los más comunes podemos citar los tributos ambientales, en los cuales centraremos nuestra atención en el presente estudio. A estos fines estructuramos el trabajo en base a dos grandes partes: en una primera parte, y a modo de cuestión preliminar, daremos una noción genérica de los tributos con fines extrafiscales; en la segunda parte nos avocaremos de lleno en los tributos ambientales, tratando su terminología, definición y relación con el principio de capacidad contributiva. Finalmente, exponemos las conclusiones finales.