Privilegios aeronáuticos en el orden interno e internacional
Aun cuando se trata de uno de los capítulos más oscuros del derecho, esa oscuridad no debe ensombrecer la importancia de los privilegios en el área del crédito nacional e internacional, pues confieren a sus titulares un derecho de preferencia de cobro por encima de otros no privilegiados. Esa prefer...
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| Formato: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2015 |
| País: | Argentina |
| Recursos: | Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas |
| Repositorio: | CONICET Digital (CONICET) |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:ri.conicet.gov.ar:11336/71220 |
| Acesso em linha: | http://hdl.handle.net/11336/71220 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palavra-chave: | PRIVILEGIOS AERONÁUTICOS CÓDIGO AERONÁUTICO CONVENIO GINEBRA 1948 https://purl.org/becyt/ford/5.5 https://purl.org/becyt/ford/5 |
| Resumo: | Aun cuando se trata de uno de los capítulos más oscuros del derecho, esa oscuridad no debe ensombrecer la importancia de los privilegios en el área del crédito nacional e internacional, pues confieren a sus titulares un derecho de preferencia de cobro por encima de otros no privilegiados. Esa preferencia es aún mayor si se trata de privilegios especiales, como los regulados por el Derecho Aeronáutico doméstico e internacional.Con este argumento como punto de partida, el presente trabajo analiza los privilegios especiales estatuidos en el orden local por el Código Aeronáutico y en el orden internacional por el Convenio de Ginebra de 1948. Hacemos solo una alusión tangencial al Convenio de Cape Town y su Protocolo de 2001, puesto que ese tópico fue tratado en profundidad en este mismo Volumen. |
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