Breves reflexiones sobre la calificación del principio de continuidad como condición esencial en los contratos de concesión de servicios públicos de telecomunicaciones y sus actuales implicancias respecto del régimen administrativo sancionador peruano

El principio de continuidad, inherente a la prestación de todos aquellos servicios calificados como servicios públicos, implica la prestación regular e ininterrumpida de los mismos a fin de no generar perjuicios a los usuarios. En el presente artículo, el autor expone las razones por las cuales, de...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Rivadeneyra Sánchez, Juan
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2008
País:Perú
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/52193
Acceso en línea:http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoadministrativo/article/view/14486
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Derecho
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El principio de continuidad, inherente a la prestación de todos aquellos servicios calificados como servicios públicos, implica la prestación regular e ininterrumpida de los mismos a fin de no generar perjuicios a los usuarios. En el presente artículo, el autor expone las razones por las cuales, de acuerdo con el actual marco regulatorio de los servicios de telecomunicaciones en nuestro país, solo el incumplimiento de aquellas condiciones calificadas expresamente como esenciales en los contratos de concesión, pueden63 generar la aplicación de una sanción al operador del servicio.