Fundamentos jurídicos de la responsabilidad extracontractual del Estado en el Derecho argentino

En la República Argentina, el dogma de la irresponsabilidad extracontractual del Estado recién fue abandonado en 1933, cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó sentencia en el caso «Tomás Devoto y Cía.». Tanto la doctrina como la jurisprudencia del referido Tribunal fundamentaron la ob...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Botassi, Carlos
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2011
País:Perú
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/116314
Acceso en línea:http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/2980/3549
https://doi.org/10.18800/derechopucp.201102.021
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Estado
Argentina
Responsabilidad extracontractual
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En la República Argentina, el dogma de la irresponsabilidad extracontractual del Estado recién fue abandonado en 1933, cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó sentencia en el caso «Tomás Devoto y Cía.». Tanto la doctrina como la jurisprudencia del referido Tribunal fundamentaron la obligación oficial de reparar los daños causas con su actividad lícita o ilícita, en las teorías sobre el deber de reparar los daños causados por los dependientes, la deficiente prestación de los servicios públicos y la expropiación. Existe actualmente un gran desarrollo de la responsabilidad estatal, aunque, debido a las leyes de emergencia y consolidación de deudas, una vez obtenida una sentencia de condena contra el Fisco, cabe hacer efectiva la solución del grave problema.