Ejecución del acta de conciliación extrajudicial de alimentos por incumplimiento del empleador del obligado alimentario, San Juan de Lurigancho, 2021
En la presente investigación, se abarcó el objetivo de desarrollo sostenible 6, paz, justicia e instituciones sólidas, porque se estudió la ejecución del acta de conciliación extrajudicial de alimentos como mecanismo extrajudicial que busca resolver conflictos promoviendo una cultura de paz. El obje...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | tesis doctoral |
| Fecha de publicación: | 2024 |
| País: | Perú |
| Institución: | Universidad Cesar Vallejo |
| Repositorio: | UCV-Institucional |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/153374 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/20.500.12692/153374 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Ejecución Acta de conciliación extrajudicial Alimentos https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| Sumario: | En la presente investigación, se abarcó el objetivo de desarrollo sostenible 6, paz, justicia e instituciones sólidas, porque se estudió la ejecución del acta de conciliación extrajudicial de alimentos como mecanismo extrajudicial que busca resolver conflictos promoviendo una cultura de paz. El objetivo general planteado fue explicar porque se viene ejecutando el acta de conciliación extrajudicial de alimentos por incumplimiento del empleador del obligado alimentario, San Juan de Lurigancho, 2021.La metodología fue de paradigma interpretativo, método inductivo, tipo básico, enfoque cualitativo, nivel explicativo, diseño fenomenológico consistente en la aplicación de guía de entrevista, validada mediante juicio de expertos, que permitió lograr obtener un conocimiento más amplio y profundo a través de expertos que abordaron la categoría objeto de estudio. Los participantes estuvieron conformados por 02 conciliadores extrajudiciales de especialidad familia, 02 abogados especialistas de familia y 02 jueces de paz letrado. Se concluyó que se tiene que se viene ejecutando, debido al no reconocimiento de carácter de título ejecutivo y de cumplimiento obligatorio de éste y la falta de regulación normativa expresa, sobre el acatamiento irrestricto del acuerdo conciliatorio, dirigido al referido empleador, a fin de que se obligue a realizar los descuentos por planilla acordados. |
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