Sobre las rentas obtenidas en el exterior por los órganos de administración de empresas domiciliadas en el país
El presente artículo aborda el tratamiento de las rentas obtenidas por los directores, miembros de consejos y órganos administrativos de empresas domiciliadas en el país. Se analiza la regla particular de fuente que nuestra Ley del Impuesto a la Renta contempla para dichos sujetos cuando actúan en e...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2021 |
| País: | Perú |
| Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
| Repositorio: | PUCP-Institucional |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/179656 |
| Acceso en línea: | http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/view/24024/22824 https://doi.org/10.18800/dys.202101.003 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Fuente de la renta Renta por servicios personales No domiciliados órganos administrativos Crédito por impuestos pagados en el exterior Doble tributación https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| Sumario: | El presente artículo aborda el tratamiento de las rentas obtenidas por los directores, miembros de consejos y órganos administrativos de empresas domiciliadas en el país. Se analiza la regla particular de fuente que nuestra Ley del Impuesto a la Renta contempla para dichos sujetos cuando actúan en el exterior en ejercicio de sus funciones. En primer lugar, se abordan los orígenes de la disposición y las razones que se habrían tenido para ampliar el criterio de conexión. Luego, se analiza su ámbito de aplicación, con énfasis en los sujetos y rentas comprendidas, y las situaciones no deseadas que entran en su ámbito de incidencia. Finalmente, se comentan los problemas de doble imposición que la disposición genera, discutiendo algunas fórmulas legales que podrían emplearse para mitigar los mismos. |
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