Sobre las rentas obtenidas en el exterior por los órganos de administración de empresas domiciliadas en el país

El presente artículo aborda el tratamiento de las rentas obtenidas por los directores, miembros de consejos y órganos administrativos de empresas domiciliadas en el país. Se analiza la regla particular de fuente que nuestra Ley del Impuesto a la Renta contempla para dichos sujetos cuando actúan en e...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Tartarini Tamburini, Tulio
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2021
País:Perú
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/179656
Acceso en línea:http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/view/24024/22824
https://doi.org/10.18800/dys.202101.003
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Fuente de la renta
Renta por servicios personales
No domiciliados
órganos administrativos
Crédito por impuestos pagados en el exterior
Doble tributación
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El presente artículo aborda el tratamiento de las rentas obtenidas por los directores, miembros de consejos y órganos administrativos de empresas domiciliadas en el país. Se analiza la regla particular de fuente que nuestra Ley del Impuesto a la Renta contempla para dichos sujetos cuando actúan en el exterior en ejercicio de sus funciones. En primer lugar, se abordan los orígenes de la disposición y las razones que se habrían tenido para ampliar el criterio de conexión. Luego, se analiza su ámbito de aplicación, con énfasis en los sujetos y rentas comprendidas, y las situaciones no deseadas que entran en su ámbito de incidencia. Finalmente, se comentan los problemas de doble imposición que la disposición genera, discutiendo algunas fórmulas legales que podrían emplearse para mitigar los mismos.