Anteproyecto ley nacional de procedimientos en ejecución de sentencias en materia penal
"Con la Reforma Constitucional de fecha dieciocho de junio de dos mil ocho a nuestro Sistema de Justicia Penal en base a el primer párrafo de el articulo 20 que señala: “El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad contradicción, concentración, continuidad...
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| Tipo de recurso: | tesis de maestría |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2014 |
| País: | México |
| Institución: | Benemérita Universidad Autónoma de Puebla |
| Repositorio: | Repositorio Institucional de Acceso Abierto RIAA-BUAP |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorioinstitucional.buap.mx:20.500.12371/6467 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/20.500.12371/6467 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | CIENCIAS SOCIALES Juicios orales--México Procedimiento penal--México Sentencias (Procedimientos penales)--México Administración de justicia penal--México Derecho Penitenciario--México |
| Sumario: | "Con la Reforma Constitucional de fecha dieciocho de junio de dos mil ocho a nuestro Sistema de Justicia Penal en base a el primer párrafo de el articulo 20 que señala: “El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad contradicción, concentración, continuidad e inmediación”. Da origen a la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales, que contempla los principios de igualdad ante la ley entre las partes; de juicio previo y debido proceso; de presunción de inocencia; de prohibición de doble enjuiciamiento; además de los ya señalados en el articulo 20 constitucional, cuyo objeto es el de establecer normas que han de observase en la investigación, el procesamiento y la sanción de los delitos, para esclarecer los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impone y que se repare el daño, asegurar el acceso a la justicia y resolver el conflicto con motivo de la comisión de un delito dentro de un marco al respeto de los derecho humanos, reconocidos en nuestra Constitución y en los Tratados Internacionales en que nuestro país sea parte." |
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