Iguales y diferentes. Derechos en la educación
Existe una relación estrecha y virtuosa entre todos los derechos humanos y ciudadanos, particularmente entre el derecho a la educación y el derecho a la no discriminación, recién reconocido en México. Sabemos que nuestra sociedad funciona en desigualdad estructural y extrema que produce exclusión, l...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2015 |
| País: | México |
| Institución: | UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA |
| Repositorio: | Diálogos sobre educación. Temas actuales en investigación Educativa |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:dialogossobreeducacion.cucsh.udg.mx:article/320 |
| Acceso en línea: | http://dialogossobreeducacion.cucsh.udg.mx/index.php/DSE/article/view/320 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | educación discriminación derechos humanos igualdad y diferencia. |
| Sumario: | Existe una relación estrecha y virtuosa entre todos los derechos humanos y ciudadanos, particularmente entre el derecho a la educación y el derecho a la no discriminación, recién reconocido en México. Sabemos que nuestra sociedad funciona en desigualdad estructural y extrema que produce exclusión, lo que hace necesario actuar en dos frentes para reducirla: por un lado, la desigualdad social que tiene su origen en la distribución de los ingresos económicos; por otro, la desigualdad de trato, cuya raíz es sociocultural y se basa en prejuicios, estereotipos y prácticas sociales discriminatorias que dan lugar a esquemas clasifi catorios y visiones que niegan el valor y la dignidad igual de todas las personas, obstaculizando el pleno ejercicio de los derechos fundamentales. Ante la prohibición expresa a discriminar a las personas y grupos sociales por motivos que tengan que ver con sus atributos identitarios, se plantea la necesidad de una educación que reconozca y se haga cargo de sus diferencias. El presente texto resigni- fi ca el derecho a la educación a la luz del nuevo derecho a la no discriminación y propone el tránsito de una educación que concibe una igualdad que elimina diferencias (género, origen étnico, religión, edad, condición social, preferencia sexual, etc.) y refi ere a educandos sin atributos, hacia una educación que supone una igualdad que integra las diferencias y exige tratar a todos con igual respeto a su dignidad. Así, en lugar de formular el “derecho a la educación” en abstracto, sin considerar las particularidades de los educandos, corresponde hablar de “derechos en la educación” para, de esta manera, poner el énfasis en las diferencias y características personales de los estudiantes como sujetos del derecho a la educación. |
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