El reconocimiento de pensión de jubilación a empleados marroquíes con autorización de trabajo transfronteriza

En este documento se analiza el procedimiento de reconocimiento de la pensión de jubilación de los empleados marroquíes con autorización de trabajo transfronteriza en Ceuta y Melilla, respecto de las provincias limítrofes de Tetuán y Nador, respectivamente. El marco de referencia es el Convenio de S...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Jimeno Jiménez, Fernando M.
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2018
País:España
Institución:Universidad de Sevilla (US)
Repositorio:idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla
OAI Identifier:oai:idus.us.es:11441/86586
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/11441/86586
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Trabajo transfronterizo
Pensión jubilación
Pensión mínima
Cross border work
Retirement pension
Minimum pension
Descripción
Sumario:En este documento se analiza el procedimiento de reconocimiento de la pensión de jubilación de los empleados marroquíes con autorización de trabajo transfronteriza en Ceuta y Melilla, respecto de las provincias limítrofes de Tetuán y Nador, respectivamente. El marco de referencia es el Convenio de Seguridad Social celebrado entre España y Marruecos en 1979. Dado que el trabajador transfronterizo no obtiene autorización de residencia, una vez reconocida la pensión de jubilación, se producen singularidades en materia tributaria y en el acceso a complementos que garanticen una pensión mínima.