La regulación de las obligaciones administrativas del empresario que desplace temporalmente trabajadores a España: propuestas de modificación y mejora a la luz de la Directiva 2014/67/UE y de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia

La regulación de las obligaciones administrativas examinadas, contenida en la Ley 45/1999, forma parte de la transposición que esta Ley hace de la Directiva 96/71/CE, con cuyo art. 5 guarda relación. Sucede, sin embargo, que la materia se ha visto afectada por la Directiva 2014/67/UE, que, a diferen...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Gárate Castro, Javier
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2017
País:España
Institución:Universidad de Santiago de Compostela (USC)
Repositorio:Minerva. Repositorio Institucional de la Universidad de Santiago de Compostela
Idioma:español
OAI Identifier:oai:minerva.usc.gal:10347/16039
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10347/16039
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Materias::Investigación::56 Ciencias jurídicas y derecho::5605 Legislación y leyes nacionales::560507 Derecho público
Descripción
Sumario:La regulación de las obligaciones administrativas examinadas, contenida en la Ley 45/1999, forma parte de la transposición que esta Ley hace de la Directiva 96/71/CE, con cuyo art. 5 guarda relación. Sucede, sin embargo, que la materia se ha visto afectada por la Directiva 2014/67/UE, que, a diferencia de la 96/71/CE, ofrece una determinación abierta de las obligaciones de ese tipo y de las pautas de su elección y establecimiento por las legislaciones nacionales. Ello conduce a que aquella regulación sea hoy insatisfactoria y precise ciertas modificaciones que la adapten a las previsiones de la nueva Directiva y, en definitiva, la transpongan de modo suficiente y eficiente. Es conveniente que tal transposición, que se produciría ya fuera de plazo, valore la conveniencia de incorporar otras medidas de control cuya posible introducción contempla la referida Directiva y precise mejor, dentro de lo permitido por ésta y teniendo en cuenta los criterios mantenidos por el Tribunal de Justicia, las dos obligaciones que aparecen en la Ley 45/1999. Ello es más necesario, si cabe, en relación con la obligación de comparecencia y aportación de documentación, definida en términos que cabría considerar que exceden de lo que la Directiva 2014/67/UE considera buena práctica nacional al respecto.