Problemas actuales del procedimiento de comprobación limitada

El Trabajo de investigación desarrollado aborda uno de los principales procedimientos de gestión tributaria, como es la comprobación limitada: un importante instrumento de control tributario y de lucha contra el fraude fiscal que pretende garantizar que los ciudadanos contribuyan al sostenimiento de...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Martino Rivero, Verónica
Tipo de recurso: tesis de maestría
Fecha de publicación:2016
País:España
Institución:Universidad de Oviedo (UNIOVI)
Repositorio:RUO. Repositorio Institucional de la Universidad de Oviedo
Idioma:español
OAI Identifier:oai:digibuo.uniovi.es:10651/34768
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10651/34768
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Comprobación limitada
Gestión Tributaria
Descripción
Sumario:El Trabajo de investigación desarrollado aborda uno de los principales procedimientos de gestión tributaria, como es la comprobación limitada: un importante instrumento de control tributario y de lucha contra el fraude fiscal que pretende garantizar que los ciudadanos contribuyan al sostenimiento de los gastos públicos conforme a su capacidad económica. Para su elaboración se ha partido de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (teniendo en cuenta la reforma operada en la misma por la Ley 34/2015, de 21 septiembre), del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, de la jurisprudencia elaborada, mayoritariamente, por los Tribunales Superiores de Justicia y por el Tribunal Supremo, y por la doctrina administrativa. Se trata, por tanto, de analizar los elementos de mayor trascendencia e interés jurídico que presenta esta figura, poniendo de manifiesto las lagunas padecidas en su regulación legal, así como diversas propuestas de mejora que vendrían a enriquecer la misma.