El comienzo de la ejecución en el delito de desórdenes públicos. Principio de non bis in idem
[ES] A partir de la argumentación de dos sentencias del Tribunal Supremo, la primera del año 2009 y la segunda de 2011, y de una Sentencia de la Sección primera de la Audiencia Nacional de 2010, en relación con el delito de “Desórdenes públicos del artículo 557.1 del Código Penal, se plantean dos cu...
| Author: | |
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| Format: | article |
| Publication Date: | 2011 |
| Country: | España |
| Institution: | Universidad del País Vasco |
| Repository: | Addi. Archivo Digital para la Docencia y la Investigación |
| OAI Identifier: | oai:addi.ehu.eus:10810/24367 |
| Online Access: | http://hdl.handle.net/10810/24367 |
| Access Level: | Open access |
| Keyword: | derecho penal delito de desórdenes públicos principio de non bis in idem zuzenbide penala "desordena publikoa" delitua non bis in idem printzipioa droit pénal délit de désordres publics principe de non bis in idem criminal law public order offense ne bis in idem |
| Summary: | [ES] A partir de la argumentación de dos sentencias del Tribunal Supremo, la primera del año 2009 y la segunda de 2011, y de una Sentencia de la Sección primera de la Audiencia Nacional de 2010, en relación con el delito de “Desórdenes públicos del artículo 557.1 del Código Penal, se plantean dos cuestiones. La primera, el inicio de ejecución del citado delito. La segunda, en relación con la anterior, si dado el adelantamiento del inicio de la ejecución, en el caso concreto, puede plantarse una violación del Principio de legalidad en su contenido de prohibición de la doble incriminación (“no bis in idem”). |
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