El objeto material del blanqueo de capitales en la Directiva 2018/1673: a la vez, sobre la necesidad o no de modificar el Código Penal para dar cabida a las nuevas formas en las que puede representarse

El avance tecnológico está provocando la aparición de nuevos bienes que, al igual que los tradicionales, pueden ser objeto material del delito de blanqueo de capitales, lo mismo cabe decir de las nuevas formas en las que pueden estar representados los documentos o instrumentos jurídicos que acredita...

Full description

Bibliographic Details
Author: Carpio Delgado, Juana del
Format: article
Publication Date:2023
Country:España
Institution:Universidad Pablo de Olavide (UPO)
Repository:RIO. Repositorio Institucional Olavide
Language:Spanish
OAI Identifier:oai:rio.upo.es:10433/20430
Online Access:https://hdl.handle.net/10433/20430
Access Level:Open access
Keyword:Blanqueo de capitales
Moneda virtual
Criptoactivos
Dinero electrónico
Instrumentos de pago distintos del efectivo.
Fideicomiso
Trust
Description
Summary:El avance tecnológico está provocando la aparición de nuevos bienes que, al igual que los tradicionales, pueden ser objeto material del delito de blanqueo de capitales, lo mismo cabe decir de las nuevas formas en las que pueden estar representados los documentos o instrumentos jurídicos que acreditan la titularidad de estos. En la Directiva 2018/1673 solo se recoge, de forma genérica, la definición de bienes, pero en otras Directivas que regulan actividades delictivas que pueden generar bienes idóneos para su blanqueo se definen, por ejemplo, dinero electrónico, monedas virtuales, instrumentos de pago distintos del efectivo y se regula expresamente el fideicomiso, trust u otros análogos. Uno de estos términos ha sido transpuesto al Código Penal, pero consideramos positivo que legislador no haya hecho lo mismo con el resto. La velocidad de los cambios tecnológicos dificulta determinarlos con precisión y solo podría proporcionarse una definición ex ante porque lo más probable es que cuando esta termine de desarrollarse, aparezcan otras peculiaridades que imposibilite incluirlo en esa definición obligando a modificarla para evitar lagunas de punibilidad. La cuestión que pretende dar respuesta este trabajo es si pueden ser considerados como bienes idóneos para constituirse en objeto material de un delito de blanqueo. Tras un exhaustivo análisis se concluye que sí. Tengan la naturaleza que tengan, siempre que supongan una ventaja económica derivada de la comisión de una actividad delictiva previa y sean susceptibles de incorporación al patrimonio y al tráfico lícito de bienes.