La responsabilidad de las personas jurídicas, sus administradores y encargados por delitos laborales (CP Art. 318)

El objeto del presente trabajo es determinar la responsabilidad de las personas jurídicas, o bien de sus administradores o encargados, ante los delitos contra las personas trabajadoras. Se analiza el artículo 318 del Código Penal; se estudia quién responde y cómo de los delitos laborales cuando los...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: De Fuentes García-Romero de Tejada, Carl
Tipo de recurso: capítulo de libro
Fecha de publicación:2024
País:España
Institución:Universidad Complutense de Madrid (UCM)
Repositorio:Docta Complutense
Idioma:español
OAI Identifier:oai:docta.ucm.es:20.500.14352/112070
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.14352/112070
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:343(094.4)
responsabilidad penal
persona jurídica
delitos laborales
derecho penal laboral
Derecho
56 Ciencias Jurídicas y Derecho
Descripción
Sumario:El objeto del presente trabajo es determinar la responsabilidad de las personas jurídicas, o bien de sus administradores o encargados, ante los delitos contra las personas trabajadoras. Se analiza el artículo 318 del Código Penal; se estudia quién responde y cómo de los delitos laborales cuando los hechos se imputen a la persona jurídica, diferenciando los recogidos en el Título XV del Código Penal y aquellos no recogidos en dicho título (acoso laboral, acoso sexual y contra la intimidad, allanamiento informático y otros delitos informáticos). Respecto a los primeros, se trata de un asunto que no está bien resuelto legislativamente y sobre el que existe consenso de la necesidad de una reforma legal. En relación con los segundos, se ve difícil la imputación de la empresa por el delito de acoso sexual y los sistemas de compliance tienen una importancia capital para lograr atenuar o eximir la responsabilidad penal de las personas jurídicas.