La variación del modelo de oferta que no altere su sentido no es sustancial y no comporta exclusión de la oferta

Comentario de la Resolución nº 96/2020, de 13 de mayo de 2020 del Tribunal Adminis trativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias (RCLSE 001-2020-SUM-GUAGUAS MUNICIPALES, S.A.). Constituye objeto del presente análisis la impugnación de un acuerdo de adjudicación de un contrato de...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores: Pintos Santiago, Jaime, Fernández Uceda, María Dolores
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2022
País:España
Institución:Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA)
Repositorio:udiMundus. Repositorio Institucional de la Universidad a Distancia de Madrid
OAI Identifier:oai:udimundus.udima.es:20.500.12226/1318
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/20.500.12226/1318
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Principios antiformalista
Modelo de oferta
Principio pro actione
Principio de congruencia
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