Ley aplicable a situaciones sucesorias intraeuropeas con arreglo al Reglamento (UE ) 650/2012: el estatus del cónyuge viudo

[ES] La diversidad de nexos interpersonales entre los individuos, proyectadas sobre diversos ámbitos sociales, ha conllevado a la aparición de nuevas relaciones jurídicas de carácter personal y patrimonial. Desde la óptica personal, se ha propiciado la existencia de vínculos de pareja o matrimoniale...

Full description

Bibliographic Details
Author: Carrizo Aguado, David
Format: book part
Status:Published version
Publication Date:2025
Country:España
Institution:Universidad de León
Repository:BULERIA. Repositorio Institucional de la Universidad de León
OAI Identifier:oai:buleria.unileon.es:10612/26598
Online Access:https://atelieropenaccess.com/products/la-proteccion-del-conyuge-viudo?srsltid=AfmBOoqkiKUST4PoG3vqqtInhHarqcCAmWi15dXWyeAKmiriG-xNy5V_
https://hdl.handle.net/10612/26598
Access Level:Open access
Keyword:Derecho
Derecho Internacional Privado
Matrimonio
Viudedad
Sucesiones
Cónyuge
56 Ciencias Jurídicas y Derecho
5603 Derecho Internacional
5605.08 Derecho Privado
Description
Summary:[ES] La diversidad de nexos interpersonales entre los individuos, proyectadas sobre diversos ámbitos sociales, ha conllevado a la aparición de nuevas relaciones jurídicas de carácter personal y patrimonial. Desde la óptica personal, se ha propiciado la existencia de vínculos de pareja o matrimoniales de personas de distintas nacionalidades. Desde la perspectiva patrimonial, se ha originado la dispersión de los bienes a raíz de los desplazamientos y/o mutaciones de residencia a enclaves territoriales distintos del estado de cuya nacionalidad poseen. Así las cosas, la internacionalidad en el escenario privado internacional puede venir dada o bien, por elementos personales o subjetivos referidos a las partes o bien, por los aspectos objetivos de la relación jurídica internacional. En principio, todas las situaciones privadas que incluyen un rasgo de extranjería constituyen el objeto del Derecho internacional privado cualquiera que sea su relevancia, aunque el factor internacional sea susceptible de modulación. Por ende, el Derecho internacional privado regula las situaciones de carácter privado, pero con la presencia del necesario elemento «internacional». Ahora bien, la distinción entre «situaciones internas» y «situaciones internacionales» resulta ser harto complicado en tanto en cuanto existen numerosos tipos de componentes extranjeros, de dispar naturaleza y de intensidad diferente.