Ley aplicable a situaciones sucesorias intraeuropeas con arreglo al Reglamento (UE ) 650/2012: el estatus del cónyuge viudo
[ES] La diversidad de nexos interpersonales entre los individuos, proyectadas sobre diversos ámbitos sociales, ha conllevado a la aparición de nuevas relaciones jurídicas de carácter personal y patrimonial. Desde la óptica personal, se ha propiciado la existencia de vínculos de pareja o matrimoniale...
| Author: | |
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| Format: | book part |
| Status: | Published version |
| Publication Date: | 2025 |
| Country: | España |
| Institution: | Universidad de León |
| Repository: | BULERIA. Repositorio Institucional de la Universidad de León |
| OAI Identifier: | oai:buleria.unileon.es:10612/26598 |
| Online Access: | https://atelieropenaccess.com/products/la-proteccion-del-conyuge-viudo?srsltid=AfmBOoqkiKUST4PoG3vqqtInhHarqcCAmWi15dXWyeAKmiriG-xNy5V_ https://hdl.handle.net/10612/26598 |
| Access Level: | Open access |
| Keyword: | Derecho Derecho Internacional Privado Matrimonio Viudedad Sucesiones Cónyuge 56 Ciencias Jurídicas y Derecho 5603 Derecho Internacional 5605.08 Derecho Privado |
| Summary: | [ES] La diversidad de nexos interpersonales entre los individuos, proyectadas sobre diversos ámbitos sociales, ha conllevado a la aparición de nuevas relaciones jurídicas de carácter personal y patrimonial. Desde la óptica personal, se ha propiciado la existencia de vínculos de pareja o matrimoniales de personas de distintas nacionalidades. Desde la perspectiva patrimonial, se ha originado la dispersión de los bienes a raíz de los desplazamientos y/o mutaciones de residencia a enclaves territoriales distintos del estado de cuya nacionalidad poseen. Así las cosas, la internacionalidad en el escenario privado internacional puede venir dada o bien, por elementos personales o subjetivos referidos a las partes o bien, por los aspectos objetivos de la relación jurídica internacional. En principio, todas las situaciones privadas que incluyen un rasgo de extranjería constituyen el objeto del Derecho internacional privado cualquiera que sea su relevancia, aunque el factor internacional sea susceptible de modulación. Por ende, el Derecho internacional privado regula las situaciones de carácter privado, pero con la presencia del necesario elemento «internacional». Ahora bien, la distinción entre «situaciones internas» y «situaciones internacionales» resulta ser harto complicado en tanto en cuanto existen numerosos tipos de componentes extranjeros, de dispar naturaleza y de intensidad diferente. |
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