Ley aplicable a situaciones sucesorias intraeuropeas con arreglo al Reglamento (UE ) 650/2012: el estatus del cónyuge viudo

[ES] La diversidad de nexos interpersonales entre los individuos, proyectadas sobre diversos ámbitos sociales, ha conllevado a la aparición de nuevas relaciones jurídicas de carácter personal y patrimonial. Desde la óptica personal, se ha propiciado la existencia de vínculos de pareja o matrimoniale...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Carrizo Aguado, David
Tipo de recurso: capítulo de libro
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2025
País:España
Institución:Universidad de León
Repositorio:BULERIA. Repositorio Institucional de la Universidad de León
OAI Identifier:oai:buleria.unileon.es:10612/26598
Acceso en línea:https://atelieropenaccess.com/products/la-proteccion-del-conyuge-viudo?srsltid=AfmBOoqkiKUST4PoG3vqqtInhHarqcCAmWi15dXWyeAKmiriG-xNy5V_
https://hdl.handle.net/10612/26598
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Derecho
Derecho Internacional Privado
Matrimonio
Viudedad
Sucesiones
Cónyuge
56 Ciencias Jurídicas y Derecho
5603 Derecho Internacional
5605.08 Derecho Privado
Descripción
Sumario:[ES] La diversidad de nexos interpersonales entre los individuos, proyectadas sobre diversos ámbitos sociales, ha conllevado a la aparición de nuevas relaciones jurídicas de carácter personal y patrimonial. Desde la óptica personal, se ha propiciado la existencia de vínculos de pareja o matrimoniales de personas de distintas nacionalidades. Desde la perspectiva patrimonial, se ha originado la dispersión de los bienes a raíz de los desplazamientos y/o mutaciones de residencia a enclaves territoriales distintos del estado de cuya nacionalidad poseen. Así las cosas, la internacionalidad en el escenario privado internacional puede venir dada o bien, por elementos personales o subjetivos referidos a las partes o bien, por los aspectos objetivos de la relación jurídica internacional. En principio, todas las situaciones privadas que incluyen un rasgo de extranjería constituyen el objeto del Derecho internacional privado cualquiera que sea su relevancia, aunque el factor internacional sea susceptible de modulación. Por ende, el Derecho internacional privado regula las situaciones de carácter privado, pero con la presencia del necesario elemento «internacional». Ahora bien, la distinción entre «situaciones internas» y «situaciones internacionales» resulta ser harto complicado en tanto en cuanto existen numerosos tipos de componentes extranjeros, de dispar naturaleza y de intensidad diferente.