El principio de humanidad en Derecho penal

Por su misma condición de poder jurídico, el ius puniendi estatal, para conservar su legitimidad, ha de respetar un conjunto de “axiomas fundamentales”:1 necesidad, legalidad, imputación subjetiva2 y culpabilidad, con sus correspondientes corolarios: subsidiaridad, intervención mínima, carácter frag...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Cuesta Arzamendi, José Luis de la
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2013
País:España
Institución:Universidad de Huelva (UHU)
Repositorio:Arias Montano. Repositorio Institucional de la Universidad de Huelva
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ariasmontano.uhu.es:10272/14268
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10272/14268
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Principio de humanidad
Ius puniendi estatal
Garantías penales básicas
Humanity principle
State ius puniendi
Basic penal guarantees
Descripción
Sumario:Por su misma condición de poder jurídico, el ius puniendi estatal, para conservar su legitimidad, ha de respetar un conjunto de “axiomas fundamentales”:1 necesidad, legalidad, imputación subjetiva2 y culpabilidad, con sus correspondientes corolarios: subsidiaridad, intervención mínima, carácter fragmentario del Derecho penal, preeminencia absoluta de la ley, taxatividad, garantías penales básicas (criminal, penal, procesal y ejecutiva), interdicción de toda responsabilidad por el resultado, responsabilidad personal… En una sociedad democrática, centrada por lo tanto en el valor de la persona, también ha de ser respetuoso del principio de humanidad, un principio menos estudiado, pero, sin lugar a dudas, “no menos importante”3 que aquéllos.