Subjetivando la objetividad”: A propósito de la determinación de las infracciones aduaneras
El presente artículo aborda la temática referida al poder sancionador del Estado, el cual es ejercido en dos ámbitos (penal y administrativo) derivados de una única potestad (ius puniendi) que le permite reprimir conductas consideradas nocivas para el desarrollo de la sociedad. Asimismo, se analiza...
| Autores: | , |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2015 |
| País: | Perú |
| Institución: | Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas |
| Repositorio: | UPC-Institucional |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/682607 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/10757/682607 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Derecho Aduanero Infracción Ius Puniendi |
| Sumario: | El presente artículo aborda la temática referida al poder sancionador del Estado, el cual es ejercido en dos ámbitos (penal y administrativo) derivados de una única potestad (ius puniendi) que le permite reprimir conductas consideradas nocivas para el desarrollo de la sociedad. Asimismo, se analiza la Ley del Procedimiento Administrativo General donde se ha establecido con claridad que en todo procedimiento administrativo sancionador se deben aplicar los principios básicos que tutelan los derechos de los administrados. De esta forma, se deberá aplicar el principio de culpabilidad, principios de causalidad, presunción de inocencia, entre otros, para juzgar las infracciones aduaneras. |
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