Las restricciones ético-sociales del derecho a la legítima defensa : una lectura a partir de los fines preventísticos y garantísticos del Derecho penal

La tesis trata de las restricciones ético-sociales del derecho de legítima defensa. Primero, describe los fundamentos del derecho de legítima defensa, desde los tiempos del iusnaturalismo, pasando por el positivismo y terminando con el funcionalismo sistémico. Después, analiza la estructura general...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Zilio, Jacson Luiz
Tipo de recurso: tesis doctoral
Fecha de publicación:2010
País:España
Institución:Universidad Pablo de Olavide (UPO)
Repositorio:RIO. Repositorio Institucional Olavide
Idioma:español
OAI Identifier:oai:rio.upo.es:10433/23510
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10433/23510
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Legítima defensa
Filosofia del derecho penal
Descripción
Sumario:La tesis trata de las restricciones ético-sociales del derecho de legítima defensa. Primero, describe los fundamentos del derecho de legítima defensa, desde los tiempos del iusnaturalismo, pasando por el positivismo y terminando con el funcionalismo sistémico. Después, analiza la estructura general del derecho de legítima defensa (razones sistemático-dogmáticas) a partir de consideraciones político-criminales. Por último, explica los problemas que se producen por la ausencia de límites ético-sociales al derecho de legítima defensa e intenta solucionarlos a partir de los fundamentos preventivos y garantísticos del Derecho penal. En concreto, se entiende que las restricciones ético-sociales no parten de un principio general válido para todos los casos problemáticos, sino que pueden partir de fundamentos diversos, aunque ligados a la función preventiva y garantística del Derecho penal. Por ende, son relevantes para delimitar el contenido de la legítima defensa las funciones político-criminales de la pena preventiva y de la limitación del poder punitivo. En este punto, además, tiene especial importancia el principio de intervención mínima, que se traduce también en un dique normativo de contención de la violencia privada. De todos modos, las soluciones y los fundamentos utilizados presuponen el principio del Estado social y democrático de Derecho, fundamentado materialmente en la protección de la dignidad humana, que configura el Derecho penal (y, por supuesto, el derecho de legítima defensa) como un orden normativo sistemático de protección de los valores necesarios e imprescindibles para asegurar la convivencia social. Se trata de un medio de intervención que debe ser mínimo y suficiente para mantener la convivencia social libre.