Right to honor or reputation of commercial companies in the jurisprudence of the Spanish Constitutional Court, the European Court of Human Rights and the Court of Justice of the European Union

El trabajo estudia la jurisprudencia del Tribunal Constitucional español, del Tribunal Supremo español, del TEDH y del TJUE acerca del honor de las empresas mercantiles. De la jurisprudencia del Tribunal Supremo examinada se desprende que la protección del honor de las empresas mercantiles por parte...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Tenorio Sánchez, Pedro Julio
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2023
País:España
Institución:Universidad Nacional de Educación a Distancia
Repositorio:e-spacio. Repositorio Institucional de la UNED
Idioma:español
OAI Identifier:oai:e-spacio.uned.es:20.500.14468/11645
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.14468/11645
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:honor
reputación
libertad de expresión
derecho a la información
empresas mercantiles
Tribunal Constitucional
Tribunal Supremo
TEDH
TJUE
reputation
freedom of expression
right to information
commercial companies
Constitutional Court
Supreme Court
Descripción
Sumario:El trabajo estudia la jurisprudencia del Tribunal Constitucional español, del Tribunal Supremo español, del TEDH y del TJUE acerca del honor de las empresas mercantiles. De la jurisprudencia del Tribunal Supremo examinada se desprende que la protección del honor de las empresas mercantiles por parte de nuestros tribunales es más bien tímida. La doctrina según la cual el honor de las personas jurídicas goza de una protección inferior que el honor de las personas físicas coadyuva a ello. Además, aunque el Tribunal Supremo afirma que la indemnización por vulneración del derecho al honor no puede ser simbólica, gran parte de las indemnizaciones fijadas pueden ser calificadas como tales. Se echa de menos en este ámbito una sentencia de nuestro Tribunal Constitucional como la STC 186/2001, de 17 de septiembre, que hizo patente la exigencia de que la protección del derecho a la intimidad no fuera meramente simbólica.