El derecho a la intimidad en Francia en la época de la Sociedad de la Información [1]: «Quand je vous ameray? Ma foi, je ne le sais pas peut-être jamais, peut être demain!»

En Francia, el derecho a la intimidad no ha sido consagrado por la Constitución. El ordenamiento jurídico francés maneja sólo el derecho a la vida privada, garantizado, únicamente, por el Código civil. Sin embargo, su artículo 9 se orienta hacia el respet

Detalles Bibliográficos
Autor: Alcaraz, Hubert
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2007
País:España
Institución:Universidad de Sevilla (US)
Repositorio:idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla
OAI Identifier:oai:idus.us.es:11441/45994
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/11441/45994
Access Level:acceso abierto
Descripción
Sumario:En Francia, el derecho a la intimidad no ha sido consagrado por la Constitución. El ordenamiento jurídico francés maneja sólo el derecho a la vida privada, garantizado, únicamente, por el Código civil. Sin embargo, su artículo 9 se orienta hacia el respet