Covid y arrendamientos de vivienda
El legislador español ha reaccionado frente a los efectos de la pandemia en los arrendamientos de vivienda previendo diversas medidas excepcionales, en el Real Decreto Ley 11/2020, modificado por última vez, cuando se escriben estas páginas, por el Real Decreto Ley 8/2021. Los elementos del contrato...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2021 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad Autónoma de Madrid |
| Repositorio: | Biblos-e Archivo. Repositorio Institucional de la UAM |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.uam.es:10486/704246 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/10486/704246 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Arrendamiento de vivienda Prórroga Moratoria Renta Desahucio Derecho |
| Sumario: | El legislador español ha reaccionado frente a los efectos de la pandemia en los arrendamientos de vivienda previendo diversas medidas excepcionales, en el Real Decreto Ley 11/2020, modificado por última vez, cuando se escriben estas páginas, por el Real Decreto Ley 8/2021. Los elementos del contrato que han sido afectados son dos, fundamentalmente: la duración del contrato y la obligación de pagar la renta. El uso de la vivienda por el arrendatario se extiende en el tiempo porque todo arrendatario puede pedir una prórroga extraordinaria de seis meses, y porque puede suspender el juicio de desahucio cuando el arrendatario acredita una vulnerabilidad económica, y el arrendador no acredita su propia vulnerabilidad. El pago de la renta puede demorarse, o reducirse su cuantía, cuando el arrendador es un gran tenedor. Se complementan estas medidas con la regulación de un préstamo especial para pagar el precio del arrendamiento y una compensación a los arrendadores que no pueden recuperar el uso de la vivienda debido a la suspensión del desahucio |
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