Política preventiva en materia de riesgos laborales en los empleados públicos de instituciones penitenciarias

[ES] El presente trabajo trata de llevar a cabo una aproximación a la normativa específica en materia de prevención de riesgos laborales a los que están sometidos los trabajadores empleados públicos en el ámbito penitenciario, a través del análisis de las normas jurídicas que reconocen las condicion...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Valbuena González, César
Tipo de recurso: tesis de maestría
Fecha de publicación:2023
País:España
Institución:Universidad Rey Juan Carlos
Repositorio:BULERIA. Repositorio Institucional de la Universidad de León
OAI Identifier:oai:buleria.unileon.es:10612/17387
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10612/17387
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Medicina. Salud
Instituciones Penitenciarias
Reinserción social
Vigilancia
Riesgos laborales
Técnicas de prevención
Seguridad
Derechos
Obligaciones
Empleados públicos
6109.01 Prevención de Accidentes
3204.03 Salud Profesional
Descripción
Sumario:[ES] El presente trabajo trata de llevar a cabo una aproximación a la normativa específica en materia de prevención de riesgos laborales a los que están sometidos los trabajadores empleados públicos en el ámbito penitenciario, a través del análisis de las normas jurídicas que reconocen las condiciones y circunstancias especiales que el medio penitenciario ofrece por cuanto atañe al lugar en el que desempeñan su actividad, descendiendo de manera más concreta a las situaciones producidas en los centros que albergan a cuentos llevan a cabo el cumplimiento de la pena de privación de libertad. El trabajo de los empleados públicos en la administración penitenciaria está orientado a dar el debido cumplimiento de los objetivos constitucionales y que el resto de la normativa nacional e internacional aplicable recoge respecto a la función y finalidad de las penas privativas de libertad y que se proyectan en una doble dimensión: por un lado, retención y custodia de los internos, por otro, y no menos importante, la preparación del interno para la reinserción social a través de los diferentes programas de tratamiento. En este contexto y por cuanto a personal funcionario y laboral de la Administración Penitenciaria se refiere, aparecen distintas áreas de trabajo integradas en el sistema penitenciario que, sin embargo, se complementan para dar satisfacción a sus fines, compatibilizando un área de vigilancia – que llevará a cabo labores de control y seguridad de los internos- con otra de tratamiento –en la que se procede a la intervención individual y grupal para la atención de las carencias y necesidades de los reclusos-. Por su parte, la política preventiva y la planificación de los riesgos laborales en los centros penitenciarios ha tenido a lo largo de la historia una lenta implantación, tomando como referencia temporal la publicación de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, debieron trascurrir diez años hasta que vio la luz la normativa específica que permitiría avanzar hacia la elaboración de los planes de prevención de riesgos – generales y específicos- destinados a cubrir las necesidades de los trabajadores con unas condiciones muy concretas. En el panorama diseñado, cabrá pues aludir a los diferentes tipos de riesgo de los profesionales que componen la estructura del personal penitenciario -área de vigilancia, área de tratamiento, oficinas, área sanitaria-, así como a cuestiones sobre la gestión y funcionamiento concreto de la actividad preventiva, tomado como referencia los protocolos y procedimientos aplicables a los trabajadores al servicio de la administración penitenciaria.