La declaración de notorio arraigo de las confesiones religiosas en España: reflexiones a propósito de su reconocimiento a favor de la Comunidad Bahá'í

El reconocimiento del notorio arraigo a favor de la Comunidad Bahá'í, por Orden PCM/1065/2023, de 18 de septiembre, es el primero que se hace en España, en el marco del Real Decreto 593/2015, de 3 de julio, transcurrida más de una década desde el último que se concedió a favor de la Iglesia...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Torres Gutiérrez, Alejandro
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2024
País:España
Institución:Universidad Pública de Navarra
Repositorio:Academica-e. Repositorio Institucional de la Universidad Pública de Navarra
OAI Identifier:oai:academica-e.unavarra.es:2454/48237
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/2454/48237
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Confesiones minoritarias
Notorio arraigo
Comunidad Bahá&apos
í
Libertad religiosa
Neutralidad estatal
Religious minorities
Notorious presence
Bahá&apos
í Community
Freedom of religion
State neutrality
Descripción
Sumario:El reconocimiento del notorio arraigo a favor de la Comunidad Bahá'í, por Orden PCM/1065/2023, de 18 de septiembre, es el primero que se hace en España, en el marco del Real Decreto 593/2015, de 3 de julio, transcurrida más de una década desde el último que se concedió a favor de la Iglesia Ortodoxa, a raíz del pleno de la Comisión Asesora de Libertad Religiosa de 15 abril del año 2010. En este contexto se hace necesario proceder a una revisión crítica de esta categoría jurídica, y de analizar su utilidad y limitaciones, así como de abrir una reflexión seria y serena sobre el estatuto jurídico de las confesiones religiosas con mera declaración de notorio arraigo, pero que carecen de un Acuerdo de Cooperación con el Estado, y de la conveniencia de impulsar una evolución del modelo jurídico español de libertad de conciencia y religiosa, hacia un sistema de derecho común, en que el Estado adopte una posición de exquisita neutralidad hacia las creencias religiosas de sus ciudadanos.