Conciliación de la vida familiar y laboral de progenitores y cuidadores: la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 por el Real Decreto-Ley 5/2023

El Real Decreto-Ley 5/2023, de 5 de junio, incorpora una serie de cambios en la regulación de los derechos de conciliación de la vida familiar y laboral para transponer la Directiva (UE) 2019/1158, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidado...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Castro Argüelles, María Antonia|||0000-0002-1326-6399
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2024
País:España
Institución:Universidad de Oviedo (UNIOVI)
Repositorio:RUO. Repositorio Institucional de la Universidad de Oviedo
Idioma:español
OAI Identifier:oai:digibuo.uniovi.es:10651/80350
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10651/80350
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:conciliación de la vida familiar y laboral, discriminación por razón de sexo, permiso parental, fórmulas de trabajo flexible, cuidador, familiar, ausencias por fuerza mayor
Descripción
Sumario:El Real Decreto-Ley 5/2023, de 5 de junio, incorpora una serie de cambios en la regulación de los derechos de conciliación de la vida familiar y laboral para transponer la Directiva (UE) 2019/1158, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores. Con esa finalidad se han incorporado nuevos derechos y modificado algunos aspectos de la regulación de los ya existentes para adecuarla a las exigencias de la Directiva. El objetivo de este trabajo es analizar las opciones que se han seguido al respecto, entre ellas, la de incorporar un decidido enfoque de género en la protección antidiscriminatoria de estos derechos, mediante una modificación en la redacción del art. 4.2.c) ET que establece que cualquier trato desfavorable dispensado por “el ejercicio de sus derechos de conciliación o corresponsabilidad de la vida familiar y laboral” constituirá discriminación por razón de sexo, sea hombre o mujer la persona trabajadora afectada.