Artículo 5. Totalización de los períodos
El presente trabajo se centrará en el análisis del artículo 5 del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social "Totalización de los períodos" y del art. 14 "Normas generales sobre totalización de períodos de seguro, de cotización o de empleo", del Acuerdo de Aplicació...
| Autor: | |
|---|---|
| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2016 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de Sevilla (US) |
| Repositorio: | idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla |
| OAI Identifier: | oai:idus.us.es:11441/62129 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/11441/62129 https://doi.org/10.12795/e-RIPS |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Totalización de períodos de seguro, de cotización, empleo o residencia Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social Reglamento 883/2004 Aggregation of periods of insurance, employment, self-employment or residence Implementing Agreement on the Multilateral Iberoamerican Agreement on Social Security Regulation 883/2004 |
| Sumario: | El presente trabajo se centrará en el análisis del artículo 5 del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social "Totalización de los períodos" y del art. 14 "Normas generales sobre totalización de períodos de seguro, de cotización o de empleo", del Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social de 11 de septiembre de 2009. También, por su interés, se harán las oportunas observaciones en relación con el art. 6 y concordantes del Reglamento 883/2004, 29 de abril, del Parlamento Europeo y del Consejo dado que el Convenio Multilateral en su aplicación pudiera entrar en concurrencia con el mismo, puesto que dos de los estados miembros de dicho Convenio Multilateral (España y Portugal) son también Estados miembros de la Unión Europea. También hay que destacar la importante influencia que el Reglamento 883/2004 ha tenido sobre el Convenio con independencia de las importantes diferencias que entre uno y otro pudieran advertirse |
|---|