El delito de malversación: la administración desleal del patrimonio público

La Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo 459/2019, de 14 de octubre, dictada en la Causa especial núm. 20907/2017, condena a distintos procesados por delitos de sedición, malversación y desobediencia. La discusión mediática sobre lo que iba a ser y lo que finalmente ha sido la resolu...

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Detalles Bibliográficos
Autor: De la Mata Barranco, Norberto Javier
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2019
País:España
Institución:Universidad del País Vasco
Repositorio:Addi. Archivo Digital para la Docencia y la Investigación
OAI Identifier:oai:addi.ehu.eus:10810/69927
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10810/69927
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:derecho penal
malversación
patrimonio público
Descripción
Sumario:La Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo 459/2019, de 14 de octubre, dictada en la Causa especial núm. 20907/2017, condena a distintos procesados por delitos de sedición, malversación y desobediencia. La discusión mediática sobre lo que iba a ser y lo que finalmente ha sido la resoluci6n se ha desarrollado principalmente en relación con la distinción jurídica entre lo que es rebelión y lo que es sedición, y en relación con la posibilidad de poder entender que los sucesos de 2017 eran subsumibles en una u otra figura delictiva. Poco -o menos- se ha dicho del delito de malversación. Quizás porque poco -o menos- había que decir. Acreditados determinados compromisos presupuestarios no desvirtuados en el plenario, y acreditada su ejecución por las personas finalmente condenadas, las cuestiones juridicas relevantes acerca de la aplicación de este delito se limitan a decidir si se da el delito por desvío de fondos a actividades «píblicas» ilícitas, a afirmar o no la existencia de perjuicio patrimonial aunque no llegue a producirse el pago tras el gasto contraido y a aclarar la pena a imponer tras aceptar la vinculación de la malversación en concurso medial con el delito de sedición