El papel del artículo 8 CEDH en la construcción del margen de apreciación nacional y la doctrina de las obligaciones positivas del Estado

El artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos –que protege los derechos al respeto la vida privada y familiar, el domicilio y la correspondencia– se ha configurado en estos setenta años de Convenio como uno de los escenarios habituales del desarrollo del margen de apreciación nacional y la...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Redondo Saceda, Lara
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2020
País:España
Institución:Universidad Complutense de Madrid (UCM)
Repositorio:Docta Complutense
Idioma:español
OAI Identifier:oai:docta.ucm.es:20.500.14352/117045
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.14352/117045
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:342
artículo 8 CEDH
margen de apreciación nacional
obligaciones positivas del Estado
Derecho constitucional
5603 Derecho Internacional
5605.04 Derecho Constitucional
Descripción
Sumario:El artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos –que protege los derechos al respeto la vida privada y familiar, el domicilio y la correspondencia– se ha configurado en estos setenta años de Convenio como uno de los escenarios habituales del desarrollo del margen de apreciación nacional y la doctrina de las obligaciones positivas del Estado. Esto parece justificarse en el contenido y estructura de este artículo y en las restricciones y limitaciones al ejercicio de estos derechos establecidas por su párrafo segundo. En este marco, el objetivo de este artículo es analizar cuál ha sido el papel del artículo 8 CEDH en el desarrollo de estos estándares interpretativos y cómo ha influido en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.